Documentación necesaria para viajar a Barcelona

Te explicamos los documentos que necesitas para entrar en Barcelona dependiendo de la nacionalidad del visitante.

Países de la Unión Europea

Documento nacional de identidad o pasaporte en vigor para ciudadanos procedentes de cualquier Estado de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca, Rumanía y Suecia), Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein. Reino Unido e Irlanda no pertenecen al espacio Schengen y precisan de pasaporte.

Otros países que no requieren visado

(Solo pasaporte para estancias inferiores a tres meses)
Albania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina A.R.Y.M. (Ant. Rep. Yugoslava Macedonia), Australia Bahamas Barbados Bosnia Herzegovina, Brasil, Brunei Darussalam, Canadá, Chile, Colombia, Corea Del Sur, Costa Rica, Dominica, El Salvador, Emiratos Arabes Unidos, Estados Unidos Georgia, Granada, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, Kiribati, Malasia, Marshall Islas, Mauricio, México, Micronesia, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Nauru, Nicaragua, Nueva Zelanda, Palaos, Panamá, Paraguay, Perú, Salomón (Islas), Samoa, San Cristobal y Nieves, San Marino, S. Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Santa Sede, Serbia, Seychelles, Singapur, Timor Oriental, Tonga, Trinidad y Tobago,Tuvalu, Ucrania, Uruguay, Vanuatu y Venezuela*.

A ellos se unen ciudadanos de las Regiones Administrativas Especiales de la República Popular de China, Hong-Kong y Macao, siempre que sean poseedores de los pasaportes especiales al efecto, y de Taiwán. Finalmente, también forman parte de este grupo ciudadanos británicos que no tienen la condición de nacionales del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en virtud del Derecho de la Unión (ciudadanos británicos de ultramar, súbditos británicos o personas bajo protección británica).

Paises que se requieren visado

Consultar en www.exteriores.gob.es
NOTA: puesto que las condiciones pueden cambiar aconsejamos consultar con el consulado o embajada de España.

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